Disposición adicional segunda. Participación institucional en los órganos del Sistema Nacional de Empleo.
En el ámbito definido por el Texto Refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, el Servicio Público de Empleo Estatal participará en los órganos de participación institucional del Sistema Nacional de Empleo, en especial en el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, y la Comisión Estatal de Formación para el Empleo, así como en otros órganos que se establezcan, que requieran su participación, a nivel territorial autonómico, provincial, comarcal o local.
> <small>Se modifica por el art. único.6 del Real Decreto 96/2022, de 1 de febrero. [Ref. BOE-A-2022-1655](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-1655)</small>
Texto oficial de Estructura Orgánica del Servicio Público de Empleo Estatal (BOE-A-2008-14096). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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