Disposición adicional tercera. Órganos provinciales de participación institucional existentes.
Las comisiones ejecutivas provinciales reguladas en el Real Decreto 1458/1986, de 6 de junio, cuya presidencia corresponde a las comunidades autónomas conforme a los respectivos reales decretos de trasferencias de las competencias en materia de trabajo, empleo y formación, mantendrán el régimen de funcionamiento y participación establecidos, al igual que las comisiones de seguimiento de la contratación laboral reguladas en el Real Decreto 355/1991, de 15 de marzo.
Texto oficial de Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal (BOE-A-2008-14096). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional tercera. Órganos provinciales de participación institucional existentes. — Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal · BOE Fácil