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CAPÍTULO I. Disposiciones generales

Artículo 7. Depósito o precinto, público o domiciliario, del vehículo.

Texto oficial de Reglamento del Seguro Obligatorio de Vehículos a Motor (BOE-A-2008-14915). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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