CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 7. Depósito o precinto, público o domiciliario, del vehículo.
Texto oficial de Reglamento del Seguro Obligatorio de Vehículos a Motor (BOE-A-2008-14915). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
