Son funciones específicas de la Secretaría General Técnica:
a) Presentar a la Comisión Ministerial de Coordinación de Bibliotecas de Defensa las propuestas de los planes, programas y memorias de la RBD.
b) Presentar ante la Comisión Ministerial de Coordinación de Bibliotecas de Defensa las memorias justificativas para la creación, supresión o reorganización de centros bibliotecarios de la RBD a que se refiere este reglamento.
c) Proponer a la Comisión Ministerial de Coordinación de Bibliotecas de Defensa informes de valoración sobre las propuestas de recursos humanos para los centros bibliotecarios de la RBD.
d) Elevar a la Subsecretaría de Defensa los planes, programas y memorias de la RBD; las propuestas de creación, supresión o reorganización de centros bibliotecarios y las propuestas de recursos humanos, una vez informados favorablemente por la Comisión Ministerial de Coordinación de Bibliotecas de Defensa.
Texto oficial de Orden DEF/92/2008, de 23 de enero, por la que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas de Defensa (BOE-A-2008-1542). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 13. Secretaría General Técnica. — Orden DEF/92/2008, de 23 de enero, por la que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas de Defensa · BOE Fácil