El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 12 de septiembre de 2008.
**JUAN CARLOS R.**
**La Ministra de Ciencia e Innovación,**
**CRISTINA GARMENDIA MENDIZÁBAL**
Texto oficial de Real Decreto del Registro de Universidades, Centros y Títulos (BOE-A-2008-15464). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Entrada en vigor. — Real Decreto del Registro de Universidades, Centros y Títulos · BOE Fácil