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CAPÍTULO V. Notificación y medidas mínimas para el control de enfermedades · Sección 7.ª Medidas alternativas y disposiciones nacionales

Artículo 40. Enfermedades no enumeradas en el anexo IV.

Texto oficial de Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos (BOE-A-2008-16090). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 40. Enfermedades no enumeradas en el anexo IV. — Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos · BOE Fácil