CAPÍTULO IX. Inspecciones, gestión electrónica y sanciones
Artículo 57. Régimen sancionador.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en este Real decreto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones establecido en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, sin perjuicio de las posibles responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir.
Texto oficial de Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos (BOE-A-2008-16090). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 57. Régimen sancionador. — Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos · BOE Fácil