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CAPÍTULO V. Notificación y medidas mínimas para el control de enfermedades · Sección 1.ª Notificación de enfermedades

Artículo 25. Notificación a los demás Estados miembros, a la Comisión y a los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio.

Texto oficial de Requisitos Zoosanitarios de la Acuicultura (BOE-A-2008-16090). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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