Corresponde a la Comisión Permanente:
1. Estudiar, deliberar e informar las propuestas que deban someterse a la aprobación del Pleno del Patronato.
2. Cuidar del cumplimiento, desarrollo y ejecución de los acuerdos adoptados por el Patronato.
3. Asumir cuantas otras funciones le sean encomendadas por el Pleno del Patronato.
4. Dar cuenta, en todo caso, al Pleno de los acuerdos adoptados en el ejercicio de las anteriores facultades.
Texto oficial de Museo Nacional de Arqueología Subacuática (BOE-A-2008-16489). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 10. Funciones de la Comisión Permanente. — Museo Nacional de Arqueología Subacuática · BOE Fácil