La presentación del modelo 347 se regirá por lo dispuesto en la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
> <small>Se modifica por el art. 2.2 de la Orden HFP/1395/2021, de 9 de diciembre. [Ref. BOE-A-2021-20577](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-20577)</small>
> <small>Esta modificación entra en vigor el día 3 de enero de 2022 y será aplicable por primera vez a la Declaración anual de operaciones con terceras personas correspondiente a 2021, según establece la disposición final única de la citada Orden.</small>
Texto oficial de Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación (BOE-A-2008-16973). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.