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real decreto · BOE-A-2008-18495

Real Decreto 1792/2008, de 3 de noviembre, sobre concesión de la nacionalidad española a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales

Estado
Vigente
Publicación
17/11/2008
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Justicia

Este real decreto regula la concesión de la nacionalidad española a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales que participaron en la Guerra Civil.

A quién afecta: Voluntarios supervivientes de las Brigadas Internacionales y sus solicitudes de nacionalidad.

  • Reconoce que concurren en estos voluntarios las circunstancias excepcionales exigidas por el Código Civil para obtener la nacionalidad por carta de naturaleza.
  • El derecho a solicitar la nacionalidad puede ejercerse sin límite de plazo.
  • Quienes obtuvieron la nacionalidad en 1996 pero no la hicieron efectiva por no renunciar a su nacionalidad de origen pueden reproducir su petición sin nueva documentación.
  • Deroga el Real Decreto 39/1996, que regulaba anteriormente esta concesión de nacionalidad a los brigadistas.
¿Existe un plazo límite para que los voluntarios de las Brigadas Internacionales soliciten la nacionalidad española?

No, el derecho puede ejercerse sin límite de plazo.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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