real decreto · BOE-A-2008-18495
Real Decreto 1792/2008, de 3 de noviembre, sobre concesión de la nacionalidad española a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 17/11/2008
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Justicia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula la concesión de la nacionalidad española a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales que participaron en la Guerra Civil.
A quién afecta: Voluntarios supervivientes de las Brigadas Internacionales y sus solicitudes de nacionalidad.
- Reconoce que concurren en estos voluntarios las circunstancias excepcionales exigidas por el Código Civil para obtener la nacionalidad por carta de naturaleza.
- El derecho a solicitar la nacionalidad puede ejercerse sin límite de plazo.
- Quienes obtuvieron la nacionalidad en 1996 pero no la hicieron efectiva por no renunciar a su nacionalidad de origen pueden reproducir su petición sin nueva documentación.
- Deroga el Real Decreto 39/1996, que regulaba anteriormente esta concesión de nacionalidad a los brigadistas.
¿Existe un plazo límite para que los voluntarios de las Brigadas Internacionales soliciten la nacionalidad española?
No, el derecho puede ejercerse sin límite de plazo.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Código Civil (2 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1 menciones)
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.
