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real decreto · BOE-A-2008-18495

Real Decreto 1792/2008, de 3 de noviembre, sobre concesión de la nacionalidad española a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales

Estado
Vigente
Publicación
17/11/2008
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Justicia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula la concesión de la nacionalidad española a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales que participaron en la Guerra Civil.

A quién afecta: Voluntarios supervivientes de las Brigadas Internacionales y sus solicitudes de nacionalidad.

  • Reconoce que concurren en estos voluntarios las circunstancias excepcionales exigidas por el Código Civil para obtener la nacionalidad por carta de naturaleza.
  • El derecho a solicitar la nacionalidad puede ejercerse sin límite de plazo.
  • Quienes obtuvieron la nacionalidad en 1996 pero no la hicieron efectiva por no renunciar a su nacionalidad de origen pueden reproducir su petición sin nueva documentación.
  • Deroga el Real Decreto 39/1996, que regulaba anteriormente esta concesión de nacionalidad a los brigadistas.
¿Existe un plazo límite para que los voluntarios de las Brigadas Internacionales soliciten la nacionalidad española?

No, el derecho puede ejercerse sin límite de plazo.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Nacionalidad Española a las Brigadas Internacionales · BOE Fácil