Artículo 2. Creación y titularidad de los centros.
1. Se crea en el Ministerio de Defensa el sistema de centros universitarios de la defensa.
2. Integran el sistema de centros universitarios de la defensa:
a) El Centro ubicado en la Academia General Militar de Zaragoza.
b) El Centro ubicado en la Escuela Naval Militar de Marín.
c) El Centro ubicado en la Academia General del Aire de San Javier.
Por orden del titular del Ministerio de Defensa se podrán modificar o suprimir estos centros, así como, integrar otros en el sistema.
3. La titularidad de los centros corresponde al Ministerio de Defensa a través de la Subsecretaría de Defensa. Cada centro será administrado por un patronato cuya composición y funciones se establecerán en los respectivos convenios de adscripción.
Texto oficial de Real Decreto 1723/2008, de 24 de octubre, por el que se crea el sistema de centros universitarios de la defensa (BOE-A-2008-18496). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Creación y titularidad de los centros. — Real Decreto 1723/2008, de 24 de octubre, por el que se crea el sistema de centros universitarios de la defensa · BOE Fácil