Disposición transitoria segunda. Precio de los gases licuados del petróleo para empresas distribuidoras de gases manufacturados y/o aire propanado en territorios insulares.
En los territorios insulares en los que la disposición transitoria vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, sea de aplicación, el precio de venta de los suministros de gases licuados del petróleo a granel a empresas distribuidoras de gases licuados del petróleo por canalización se aplicará también a los suministros con destino a empresas distribuidoras de gases manufacturados y/o aire propanado por canalización.»
> <small>Se añade por la disposición final 2.2 de la Orden IET/389/2015, de 5 de marzo. [Ref. BOE-A-2015-2495#df-2](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-2495).</small>
Texto oficial de Orden ITC/3292/2008, de 14 de noviembre, por la que se modifica el sistema de determinación automática de las tarifas de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización (BOE-A-2008-18499). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.