TÍTULO II. Procedimiento amistoso previsto en los convenios para evitar la doble imposición firmados por España para eliminar las imposiciones no acordes al convenio · CAPÍTULO I. Régimen del procedimiento amistoso cuando es iniciado ante las autoridades competentes españolas por acciones de la Administración tributaria española · Sección 1.ª Inicio
Artículo 6. Fases de los procedimientos.
1. Los procedimientos regulados en este reglamento contarán con las siguientes fases:
a) Inicio.
b) Desarrollo.
c) Terminación.
d) Ejecución.
2. Las fases contempladas en las letras a) y d) se rigen por su normativa específica y supletoriamente, en cuanto resulte aplicable, por la normativa tributaria.
> <small>Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 399/2021, de 8 de junio. [Ref. BOE-A-2021-9558](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-9558)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa (BOE-A-2008-18544). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.