Podrá solicitar la suspensión del ingreso de la deuda cualquier persona que haya solicitado el inicio de los procedimientos previstos en el artículo 1.
> <small>Se añade por el art. único.38 del Real Decreto 399/2021, de 8 de junio. [Ref. BOE-A-2021-9558](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-9558)</small>
> <small>Su anterior numeración era art. 36.</small>
Texto oficial de Reglamento de Procedimientos Amistosos en Imposición Directa (BOE-A-2008-18544). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 59. Obligados tributarios. — Reglamento de Procedimientos Amistosos en Imposición Directa · BOE Fácil