Disposición adicional primera. Formación pedagógica y didáctica del profesorado que no puede acceder a los estudios de máster.
La formación pedagógica y didáctica del profesorado que, por razones derivadas de su titulación, no pueda acceder a los estudios de máster a los que se refiere este real decreto, se acreditará mediante una formación equivalente a la exigida en el artículo 100 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en las condiciones que establezca el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.
Texto oficial de Especialidades Docentes de Enseñanza Secundaria (2008) (BOE-A-2008-19174). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. Formación pedagógica y didáctica del profesorado que no puede acceder a los estudios de máster. — Especialidades Docentes de Enseñanza Secundaria (2008) · BOE Fácil