Disposición final primera. Pliegos tipo de cláusulas administrativas.
Para facilitar la tramitación de los correspondientes expedientes, en el plazo de quince días contados desde la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado elaborará y hará público un pliego tipo de cláusulas administrativas que los ayuntamientos interesados podrán utilizar para la preparación de la documentación necesaria para licitar y contratar las obras financiadas con cargo al Fondo de Inversión Local.
Texto oficial de Real Decreto-ley del Fondo Estatal de Inversión Local (2008) (BOE-A-2008-19432). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Pliegos tipo de cláusulas administrativas. — Real Decreto-ley del Fondo Estatal de Inversión Local (2008) · BOE Fácil