ANEXO IV. Códigos de la clasificación económica de los ingresos del presupuesto de las entidades locales y sus organismos autónomos · CAPÍTULO 3. Tasas, precios públicos y otros ingresos
Artículo 34. Precios públicos.
Precios públicos por la prestación de servicios o la realización de actividades de la competencia local.
Ingresos percibidos como contraprestación de los servicios prestados por las Entidades locales o por la realización de actividades de su competencia, siempre que no concurran las circunstancias exigidas para su inclusión en el artículo 31, «Tasas por prestación de servicios».
Concepto 340. Servicios hospitalarios.
Concepto 341. Servicios asistenciales.
Concepto 342. Servicios educativos.
Concepto 343. Servicios deportivos.
Concepto 344. Entradas a museos, exposiciones o espectáculos.
Concepto 345. Servicio de transporte público urbano.
Concepto 349. Otros precios públicos.
Texto oficial de Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales (BOE-A-2008-19916). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 34. Precios públicos. — Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales · BOE Fácil