Capítulo III. Funcionamiento y competencias · Sección II. Pleno
Artículo 27. Composición y competencias.
1. Componen el Pleno del Consejo Escolar del Estado el Presidente, el Vicepresidente y los Consejeros relacionados en el artículo 6 del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio, así como el Secretario General, que actuará con voz pero sin voto.
2. El Pleno del Consejo Escolar del Estado actuará de acuerdo con las competencias previstas en el artículo 12 del Real Decreto mencionado en el apartado anterior.
Texto oficial de Reglamento de Funcionamiento del Consejo Escolar del Estado (BOE-A-2008-20394). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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