Disposición final primera. Títulos competenciales.
1. Este real decreto tiene el carácter de legislación básica de protección del medio ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución, salvo las secciones 1.ª y 2.ª del capítulo III, las disposiciones adicionales tercera, cuarta y quinta y final segunda del Reglamento que se aprueba como anexo, que constituyen legislación básica de seguros dictada al amparo del artículo 149.1.11.ª
2. No tienen carácter básico los artículos 3, 4, 32.2 y 35.4 del Reglamento.
Texto oficial de Desarrollo de la Ley de Responsabilidad Medioambiental (BOE-A-2008-20680). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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