Artículo 13. Término de conducción del peaje de transporte y distribución aplicable a usuarios suministrados mediante planta satélite de gas natural licuado.
En el caso de suministro de gas natural mediante redes de distribución suministradas desde una planta satélite de gas natural licuado, se procederá a multiplicar todos los conceptos del término de conducción establecido en el anexo I que correspondan a cada usuario por el factor ***0,8.***
> <small>Se declara la nulidad del inciso destacado por Sentencia del TS de 28 de marzo de 2011. [Ref. BOE-A-2011-7217](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-7217).</small>
Texto oficial de Orden ITC/3802/2008, de 26 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas, la tarifa de último recurso, y determinados aspectos relativos a las actividades reguladas del sector gasista (BOE-A-2008-21010). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.