Disposición adicional cuarta. Retribución de determinadas actividades reguladas para el año 2009.
Se delega en el titular de la Dirección General de Política Energética y Minas la competencia para establecer la retribución fija y los parámetros concretos para determinar la retribución variable de las actividades reguladas del sector de gas natural a que hacen referencia los artículos 16.6, y 20.5 del Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto.
Texto oficial de Orden ITC/3802/2008, de 26 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas, la tarifa de último recurso, y determinados aspectos relativos a las actividades reguladas del sector gasista (BOE-A-2008-21010). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.