CAPÍTULO II. Contenido del «Boletín Oficial del Estado»
Artículo 7. Estructura del diario oficial.
1. El contenido del "Boletín Oficial del Estado" se distribuye en las siguientes secciones:
Sección I: Disposiciones generales.
Sección II: Autoridades y personal.
Sección III: Otras disposiciones.
Sección IV: Administración de Justicia.
Sección V: Anuncios.
Sección del Tribunal Constitucional.
2. Existirán asimismo los siguientes suplementos de carácter independiente:
a) El Suplemento de notificaciones.
b) El Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único.
> <small>Se modifica el apartado 2 por el art. único.1 del Real Decreto 327/2021, de 11 de mayo. [Ref. BOE-A-2021-7843](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-7843)</small>
> <small>Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 385/2015, de 22 de mayo. [Ref. BOE-A-2015-5675](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-5675).</small>
Texto oficial de Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado» (BOE-A-2008-2389). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Estructura del diario oficial. — Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado» · BOE Fácil