La Agencia Estatal Antidopaje ajustará su actuación a la Ley 28/2006 de 18 de julio, a lo establecido en la Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre y en su normativa de desarrollo, a lo establecido en el presente Estatuto, y, supletoriamente, por las previsiones normativas que le sean aplicables de acuerdo con el apartado 2 del artículo 2 de la Ley 28/2006, de 18 de julio.
Texto oficial de Real Decreto 185/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Antidopaje (BOE-A-2008-2596). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Régimen jurídico. — Real Decreto 185/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Antidopaje · BOE Fácil