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TÍTULO II. Disposiciones relativas a empresas de servicios de inversión · CAPÍTULO II. Definición de los recursos propios de las empresas de servicios de inversión y de sus grupos consolidables

Artículo 89. Deducciones de los recursos propios computables en la definición general.

Texto oficial de Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras (BOE-A-2008-2823). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.