TÍTULO II. Disposiciones relativas a empresas de servicios de inversión · CAPÍTULO VIII. Política de remuneración de las empresas de servicios de inversión
Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio para la ponderación de las exposiciones que estén denominadas y financiadas en la divisa de cualquiera de los Estados miembros del Espacio Económico Europeo.
Texto oficial de Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras (BOE-A-2008-2823). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
