CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL NACIDA DE DAÑOS DEBIDOS A CONTAMINACIÓN POR LOS HIDROCARBUROS PARA COMBUSTIBLE DE LOS BUQUES, 2001
Artículo 19. Idiomas.
El presente Convenio está redactado en un solo ejemplar original en los idiomas árabe, chino, español, francés, inglés y ruso, siendo cada texto igualmente auténtico.
Hecho en Londres, el día veintitrés de marzo de dos mil uno.
En fe de lo cual los infraescritos, debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos, firman el presente Convenio.
Texto oficial de Instrumento de Ratificación del Convenio Internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos para combustible de los buques (BUNKERS 2001), hecho en Londres el 23 de marzo de 2001 (BOE-A-2008-2982). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 19. Idiomas. — Instrumento de Ratificación del Convenio Internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos para combustible de los buques (BUNKERS 2001), hecho en Londres el 23 de marzo de 2001 · BOE Fácil