Se autoriza al Ministro de Economía y Hacienda para dictar, a propuesta del Consejo Rector, las disposiciones necesarias en desarrollo y ejecución de este real decreto, así como para modificar los límites cuantitativos previstos en el artículo 8, números 1, a), b) y c), cuando las circunstancias lo aconsejen.
Texto oficial de Real Decreto 167/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de Aragón (BOE-A-2008-4479). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Habilitación. — Real Decreto 167/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de Aragón · BOE Fácil