CAPÍTULO II. Modalidades de desarrollo de la formación de oferta · Seccion 1.ª Disposiciones comunes al procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
Artículo 10. Solicitudes.
Las solicitudes de concesión de subvenciones se dirigirán al Director General del Servicio Público de Empleo Estatal o al órgano competente de la Comunidad Autónoma, según el ámbito de la convocatoria.
El lugar y plazo de presentación de las solicitudes, así como la documentación que el interesado deberá acompañar a las mismas, se establecerá en las convocatorias.
Texto oficial de Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación (BOE-A-2008-5158). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.