CAPÍTULO V. Calidad, evaluación, seguimiento y control
Disposición adicional primera. Aplicación de otras fórmulas de financiación.
Cuando en las acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados se utilicen otras fórmulas de financiación a que se refiere el artículo 23.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, serán de aplicación, en todo caso, los principios de publicidad y concurrencia, los módulos económicos máximos establecidos en esta orden y las disposiciones sobre evaluación, calidad, seguimiento y control establecidas en el Capítulo V.
Texto oficial de Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación (BOE-A-2008-5158). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.