Máximo coste provisional revisado = 60 + 0,70 * Coste provisional inicial
Disposición transitoria cuarta. Retribución por incremento de actividad.
Texto oficial de Régimen Retributivo de la Distribución Eléctrica (BOE-A-2008-5159). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
