1. Los artículos 2, 3, 4, 7, 13 y 14 se dictan al amparo de lo dispuesto en la regla 13.ª del artículo 149.1 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
2. Los restantes artículos se dictan al amparo de lo dispuesto en la regla 21.ª del artículo 149.1 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.
Texto oficial de Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos (BOE-A-2008-5378). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Título competencial. — Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos · BOE Fácil