Artículo 2. Descripción de las emisiones primarias.
1. Las emisiones primarias se instrumentan a través de opciones de compra de energía hasta una potencia horaria determinada, ejercitables a lo largo de un período de entrega o ejercicio prefijado. La opción se ejercerá a un precio (de ejercicio) conocido expresado en € (euros) por MWh (megavatio hora) medidos en barras de central.
2. Las opciones de compra se asignarán entre los sujetos compradores mediante un proceso de subasta competitiva y transparente, según las primas que ofrezcan.
3. La potencia máxima ofertada en cada subasta se dividirá en opciones de base, ejercitables en cualesquiera de las horas de todos los días, laborables y festivos, incluidos en el período de ejercicio; y opciones de punta, ejercitables en cualesquiera de las horas definidas como punta en todos los días del período de entrega, excepto sábados, domingos y festivos nacionales.
Texto oficial de Real Decreto 324/2008, de 29 de febrero, por el que se establecen las condiciones y el procedimiento de funcionamiento y participación en las emisiones primarias de energía eléctrica (BOE-A-2008-5379). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Descripción de las emisiones primarias. — Real Decreto 324/2008, de 29 de febrero, por el que se establecen las condiciones y el procedimiento de funcionamiento y participación en las emisiones primarias de energía eléctrica · BOE Fácil