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TÍTULO IV. Gestión de los incentivos fiscales del artículo 27 de la Ley 19/1994, de 6 de julio · CAPÍTULO I. Obligaciones formales

Artículo 31. Comunicaciones en la suscripción de acciones o participaciones de entidades inversoras o de instrumentos financieros emitidos por entidades financieras.

Texto oficial de Incentivos Fiscales del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (BOE-A-2008-745). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.