orden · BOE-A-2008-7708
Orden EHA/1220/2008, de 30 de abril, por la que se aprueban las instrucciones para operar en la Plataforma de Contratación del Estado
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 1/5/2008
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
La Orden EHA/1220/2008 aprueba las instrucciones para operar en la Plataforma de Contratación del Estado, la plataforma electrónica que la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado pone a disposición de los órganos de contratación del sector público conforme al artículo 309 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público. Regula la publicación obligatoria del Perfil de Contratante de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y entidades gestoras de la Seguridad Social, la publicación voluntaria de otros entes públicos, y las especificaciones técnicas CODICE que deben utilizarse.
A quién afecta: Los órganos de contratación de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y entidades gestoras de la Seguridad Social, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, y las empresas e interesados que consultan las licitaciones públicas.
- La Plataforma de Contratación del Estado está operativa desde el 2 de mayo de 2008, accesible en www.contrataciondelestado.es (artículo 1).
- Los órganos de contratación de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social están obligados a publicar en ella su Perfil de Contratante (artículo 1).
- Las especificaciones de contenidos y formatos corresponden a la arquitectura de información CODICE, con protocolos de comunicación detallados en los anexos (artículo 2).
- El alta del Perfil de Contratante debe solicitarla el titular del órgano de contratación, o el Presidente si es un órgano colegiado, ante la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica (artículo 3).
- La interacción con la Plataforma puede realizarse a través del Portal web o mediante Servicios web definidos al efecto (artículo 4).
¿Desde qué fecha está operativa la Plataforma de Contratación del Estado?
Desde el 2 de mayo de 2008, según el artículo 1 de la Orden EHA/1220/2008, siendo accesible en www.contrataciondelestado.es.
¿Quién debe solicitar el alta del Perfil de Contratante en la Plataforma?
El titular del órgano de contratación, si es unipersonal, o el Presidente, si es un órgano de contratación colegiado, remitiendo el formulario correspondiente a la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica (artículo 3).
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Junta Consultiva de Contratación Administrativa (4 menciones)
- Cita a: Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (2 menciones)
- Cita a: Ley de Contratos del Sector Público (2 menciones)
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