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orden · BOE-A-2008-7708

Orden EHA/1220/2008, de 30 de abril, por la que se aprueban las instrucciones para operar en la Plataforma de Contratación del Estado

Estado
Vigente
Publicación
1/5/2008
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden EHA/1220/2008 aprueba las instrucciones para operar en la Plataforma de Contratación del Estado, la plataforma electrónica que la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado pone a disposición de los órganos de contratación del sector público conforme al artículo 309 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público. Regula la publicación obligatoria del Perfil de Contratante de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y entidades gestoras de la Seguridad Social, la publicación voluntaria de otros entes públicos, y las especificaciones técnicas CODICE que deben utilizarse.

A quién afecta: Los órganos de contratación de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y entidades gestoras de la Seguridad Social, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, y las empresas e interesados que consultan las licitaciones públicas.

  • La Plataforma de Contratación del Estado está operativa desde el 2 de mayo de 2008, accesible en www.contrataciondelestado.es (artículo 1).
  • Los órganos de contratación de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social están obligados a publicar en ella su Perfil de Contratante (artículo 1).
  • Las especificaciones de contenidos y formatos corresponden a la arquitectura de información CODICE, con protocolos de comunicación detallados en los anexos (artículo 2).
  • El alta del Perfil de Contratante debe solicitarla el titular del órgano de contratación, o el Presidente si es un órgano colegiado, ante la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica (artículo 3).
  • La interacción con la Plataforma puede realizarse a través del Portal web o mediante Servicios web definidos al efecto (artículo 4).
¿Desde qué fecha está operativa la Plataforma de Contratación del Estado?

Desde el 2 de mayo de 2008, según el artículo 1 de la Orden EHA/1220/2008, siendo accesible en www.contrataciondelestado.es.

¿Quién debe solicitar el alta del Perfil de Contratante en la Plataforma?

El titular del órgano de contratación, si es unipersonal, o el Presidente, si es un órgano de contratación colegiado, remitiendo el formulario correspondiente a la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica (artículo 3).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Normas relacionadas

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Instrucciones para Operar en la Plataforma de Contratación del Estado · BOE Fácil