TÍTULO IX. Procedimientos tramitados por la Agencia Española de Protección de Datos · CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 115. Régimen aplicable.
1. Los procedimientos tramitados por la Agencia Española de Protección de Datos se regirán por lo dispuesto en el presente título, y supletoriamente, por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Específicamente serán de aplicación las normas reguladoras del procedimiento administrativo común al régimen de representación en los citados procedimientos.
Texto oficial de Reglamento de Desarrollo de la Ley de Protección de Datos (BOE-A-2008-979). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 115. Régimen aplicable. — Reglamento de Desarrollo de la Ley de Protección de Datos · BOE Fácil