Este real decreto tiene por objeto regular las condiciones de titulación profesional aplicables a quienes ejerzan funciones a bordo de los buques mercantes españoles, así como las atribuciones que corresponde a cada uno de los títulos que se regulan en este real decreto, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, hecho en Londres el 7 de julio de 1978, en su forma enmendada de 1995 (Convenio STCW -78/95).
> <small>Se suprime la expresión "básicas" por el art. único.98 del Real Decreto 938/2014, de 7 de noviembre. [Ref. BOE-A-2014-11560](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-11560).</small>
Texto oficial de Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante (BOE-A-2009-10900). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. — Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante · BOE Fácil