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orden · BOE-A-2009-12123

Orden DEF/1951/2009, de 15 de julio, por la que se crea la Comisión de Coordinación de la Actividad Internacional del Ministerio de Defensa

Estado
Vigente
Publicación
22/7/2009
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Defensa

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden DEF/1951/2009 crea la Comisión de Coordinación de la Actividad Internacional del Ministerio de Defensa, órgano colegiado adscrito a la Secretaría General de Política de Defensa, responsable de garantizar la coordinación interna de la actividad internacional del Departamento en los ámbitos multilateral y bilateral, en desarrollo del principio de coordinación administrativa del Real Decreto 1126/2008.

A quién afecta: La Secretaría General de Política de Defensa, los órganos superiores y directivos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Armadas y los organismos autónomos adscritos al Departamento.

  • La Comisión es un órgano colegiado ministerial adscrito a la Secretaría General de Política de Defensa, presidido por el Secretario General de Política de Defensa (artículos 1 y 3.1.a).
  • Garantiza la coordinación de las actividades internacionales de los órganos superiores y directivos del Departamento, las Fuerzas Armadas y los organismos autónomos adscritos (artículo 2.a).
  • Analiza anualmente las actuaciones internacionales desarrolladas y a desarrollar, tanto en el ámbito multilateral como bilateral (artículo 2.b).
  • A iniciativa de su Presidente, informa previamente sobre el Plan de Diplomacia de Defensa y sobre los proyectos de convenios y tratados internacionales en materias de competencia del Departamento (artículo 2.d y f).
  • Propone medidas de mejora de los medios dispuestos por el Ministerio para impulsar sus actuaciones en el exterior (artículo 2.g).
¿A qué órgano está adscrita la Comisión de Coordinación de la Actividad Internacional del Ministerio de Defensa?

A la Secretaría General de Política de Defensa, cuyo titular preside la Comisión (artículos 1 y 3.1.a de la Orden DEF/1951/2009).

¿Qué informa la Comisión antes de su aprobación?

A iniciativa de su Presidente, informa previamente el Plan de Diplomacia de Defensa, los planes y programas que el Ministerio presente ante organismos internacionales, y los proyectos de convenios y tratados internacionales en materias de su competencia (artículo 2.d, e y f).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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