Artículo 1. Orden Civil del Mérito Medioambiental.
Se crea la Orden Civil del Mérito Medioambiental para premiar a las personas que hayan prestado servicios eminentes o hayan tenido destacada actuación, en cualquiera de sus manifestaciones, para la conservación de la naturaleza y protección del patrimonio natural y de la biodiversidad, la lucha contra el cambio climático, la calidad ambiental, la defensa y promoción de la sostenibilidad de los recursos hídricos marinos y continentales, y en general en defensa del medio ambiente.
Texto oficial de Real Decreto 1036/2009, de 29 de junio, por el que se crea la Orden Civil del Mérito Medioambiental (BOE-A-2009-12205). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Orden Civil del Mérito Medioambiental. — Real Decreto 1036/2009, de 29 de junio, por el que se crea la Orden Civil del Mérito Medioambiental · BOE Fácil