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real decreto · BOE-A-2009-16109

Real Decreto 1487/2009, de 26 de septiembre, relativo a los complementos alimenticios

Estado
Vigente
Publicación
9/10/2009
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto establece los requisitos de composición y etiquetado aplicables a los complementos alimenticios comercializados como productos alimenticios preenvasados.

A quién afecta: Empresas de producción, transformación, envasado, distribución, importación y comercialización de complementos alimenticios.

  • Define los complementos alimenticios como productos que complementan la dieta normal mediante fuentes concentradas de nutrientes, comercializados en forma dosificada, como cápsulas, pastillas o ampollas.
  • Solo pueden utilizarse en su fabricación las vitaminas y minerales recogidos en la normativa europea correspondiente.
  • Las industrias elaboradoras y envasadoras deben cumplir la normativa europea de higiene de los productos alimenticios.
  • El etiquetado debe denominar a estos productos como «complemento alimenticio» y no puede sugerir que sustituyen a una dieta equilibrada y variada.
¿Cómo deben denominarse estos productos en su etiquetado?

Como «complemento alimenticio», conforme a la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Complementos Alimenticios · BOE Fácil