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CAPÍTULO VII. Reconocimiento de licencias comunitarias de controlador de tránsito aéreo

Artículo 28. Cooperación entre autoridades nacionales de supervisión.

Texto oficial de Real Decreto 1516/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo (BOE-A-2009-16482). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 28. Cooperación entre autoridades nacionales de supervisión. — Real Decreto 1516/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo · BOE Fácil