ANEXO. Estatuto de la Biblioteca Nacional de España
Artículo 1. Naturaleza, clasificación y régimen jurídico.
1. La Biblioteca Nacional de España es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura, a través de la Subsecretaría y forma parte del Sistema Español de Bibliotecas de acuerdo con lo establecido en la Ley 10/2007, 22 de junio, de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas.
2. La Biblioteca Nacional de España tiene personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y demás disposiciones aplicables a los organismos autónomos, en la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas, en la legislación vigente sobre bibliotecas de titularidad estatal y en este Estatuto.
Texto oficial de Real Decreto 1638/2009, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca Nacional de España (BOE-A-2009-17893). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Naturaleza, clasificación y régimen jurídico. — Real Decreto 1638/2009, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca Nacional de España · BOE Fácil