CAPÍTULO V. Modificación de condiciones de trabajo, movilidad funcional y geográfica
Artículo 23. Otros supuestos de movilidad.
La movilidad por incapacidad laboral, por disminución de capacidad, por razones objetivas, para la protección integral de la mujer, y para protección a la maternidad queda regulada en los artículos 32, 63, 64 y 65 del presente Convenio.
Texto oficial de Resolución de 3 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado (BOE-A-2009-18065). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 23. Otros supuestos de movilidad. — Resolución de 3 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado · BOE Fácil