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TÍTULO II. Régimen jurídico de las entidades de pago

Artículo 12. Utilización de agentes y delegación de la prestación de funciones de las entidades de pago.

Texto oficial de Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago (BOE-A-2009-18118). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 12. Utilización de agentes y delegación de la prestación de funciones de las entidades de pago. — Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago · BOE Fácil