Artículo 4. Opción de presentación de la declaración-resumen anual, modelo 390, obtenido mediante la utilización del servicio de impresión desarrollado a estos efectos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
**(Suprimido)**
> Téngase en cuenta que este artículo, suprimido por el art. 3.2 de la Orden HFP/1124/2022, de 18 de noviembre de 2022. [Ref. BOE-A-2022-19290](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-19290), entra en vigor el 1 de enero de 2023 según establece su disposición final única.
> Redacción anterior:
> "Los sujetos pasivos que no estén obligados a presentar la declaración-resumen anual, modelo 390, por vía telemática a través de Internet y que hayan obtenido la misma utilizando el servicio de impresión a través de la Sede Electrónica, dirección electrónica https://www.agenciatributaria.gob.es, desarrollado a estos efectos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, podrán optar por realizar la presentación del modelo en impreso, a través del procedimiento descrito en el artículo 3 de la presente orden, o bien mediante el envío de un mensaje SMS según el procedimiento descrito en el artículo 5 de la presente orden."
> <small>Se suprime, con efectos de 1 de enero de 2023, por el art. 3.2 de la Orden HFP/1124/2022, de 18 de noviembre de 2022. [Ref. BOE-A-2022-19290](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-19290)</small>
> <small>Se modifica por el art. 1.4 de la Orden HAP/2725/2012, de 19 de diciembre. [Ref. BOE-A-2012-15380](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-15380).</small>
> <small>Su anterior redacción pasa a ser el artículo 6.</small>
Texto oficial de Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores (BOE-A-2009-18472). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.