real decreto · BOE-A-2009-20652
Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 22/12/2009
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Trabajo e Inmigración
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto desarrolla la anticipación de la edad de jubilación para trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 45%, fijando la edad mínima de jubilación en 56 años para determinadas discapacidades.
A quién afecta: Trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 45% que cumplen el período mínimo de cotización.
- Se aplica a trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia de cualquier régimen de la Seguridad Social.
- La edad mínima de jubilación para las discapacidades enumeradas en el anexo es, excepcionalmente, de 56 años.
- Para el cómputo del tiempo trabajado se descuentan las ausencias al trabajo, salvo las debidas a baja médica, maternidad, paternidad o adopción, entre otras.
- La discapacidad debe acreditarse mediante informe médico que indique la fecha de inicio o manifestación de la patología.
¿A qué edad mínima puede jubilarse un trabajador con discapacidad igual o superior al 45%?
A los 56 años, siempre que la discapacidad esté entre las enumeradas en el anexo del real decreto y se cumplan los demás requisitos exigidos.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley General de la Seguridad Social (6 menciones)
- Cita a: Real Decreto 1539/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen coeficientes reductores de la edad de jubilación a favor de los trabajadores que acreditan un grado importante de minusvalía (2 menciones)
- Modificada por: Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave (1 notas)
- Modificada por: Ley de Reforma de las Pensiones de 2011 (1 notas)
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.
