CAPÍTULO VI. Cancelación o rectificación de inscripciones
Artículo 26. Tutela de derechos.
De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal, las personas interesadas podrán recabar la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos, A.A.I., en relación con el ejercicio de los derechos reconocidos en los artículos 12 a 18 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
> <small>Se modifica por el art. único.18 del Real Decreto 607/2025, de 8 de julio. [Ref. BOE-A-2025-14085](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-14085)</small>
Texto oficial de Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia (BOE-A-2009-2073). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 26. Tutela de derechos. — Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia · BOE Fácil