TÍTULO VIII. Cotizaciones Sociales · C = [(n/N) – (jr × 1,304/N)] bc × tc
Disposición adicional decimosexta. Convenios en materia de inversiones con las Comunidades Autónomas de Cataluña, Illes Balears y Castilla y León.
El crédito 32.18.941O.750 dotado en la Sección 32 «Entes Territoriales» se destinará a actuaciones inversoras en las Comunidades Autónomas de Cataluña, Illes Balears y Castilla y León, en cumplimiento de lo dispuesto en los respectivos Estatutos de Autonomía.
Las indicadas actuaciones podrán realizarse directamente por la Administración General del Estado o, en su caso, a través de convenios con las Comunidades Autónomas.
El crédito podrá ponerse a disposición de las Comunidades Autónomas desde la propia Sección 32 «Entes Territoriales, o bien ser transferido, para su ejecución a los Departamentos ministeriales.
Texto oficial de Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 (BOE-A-2009-20765). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional decimosexta. Convenios en materia de inversiones con las Comunidades Autónomas de Cataluña, Illes Balears y Castilla y León. — Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 · BOE Fácil