Sin perjuicio de las peculiaridades previstas en el reglamento de funcionamiento interno aprobado por el Pleno, el Consejo Nacional de la Discapacidad se ajustará a las normas de organización y funcionamiento establecidas en el Capítulo II del Título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
> <small>Se modifica por el art. 4.14 del Real Decreto 796/2025, de 9 de septiembre. [Ref. BOE-A-2025-17928](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-17928)</small>
Texto oficial de Real Decreto del Consejo Nacional de la Discapacidad (BOE-A-2009-20890). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. Normativa aplicable. — Real Decreto del Consejo Nacional de la Discapacidad · BOE Fácil