Disposición transitoria novena. Evaluaciones para el ciclo de ascensos 2009-2010.
1. Las evaluaciones correspondientes al ciclo de ascensos 2009-2010 se iniciarán el 1 de mayo y finalizarán antes del 2 de julio de 2009, fecha en la que comenzará el ciclo de ascensos.
2. Las zonas de escalafón en las evaluaciones para los ascensos a cada empleo se fijarán según los escalafones de las escalas de origen de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, para cada cuerpo, escala y empleo, y en función de las previsiones existentes sobre la constitución de los cuerpos y escalas definidos en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
3. Las evaluaciones se efectuarán con los criterios de las normas objetivas de valoración que se encuentren vigentes el 1 de mayo de 2009.
Texto oficial de Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería (BOE-A-2009-2508). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria novena. Evaluaciones para el ciclo de ascensos 2009-2010. — Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería · BOE Fácil